El artículo 1304 del Código Civil, en sede de nulidad de los contratos, opera como una excepción a la obligación de restitutio in integrum, y comporta, en su ámbito de aplicabilidad, un beneficio o privilegio que precisa determinar su alcance, dada la invariabilidad de la regla desde su promulgación. Por otra parte, y en contraposición a lo expuesto, no puede obviarse la evolución del término "incapacidad" en este dilatado período de tiempo.
El estudio, partiendo de los antecedentes históricos, examina el significado de dicha expresión, así como la eficacia prevista: "la restitución en la medida del enriquecimiento" y aporta las claves para vislumbrar el verdadero significado y trascendencia de la norma en cuestión.